El primer
tema fue impartido por el Lic. Javier Cerón Ponce Director de lo Contencioso
quien dio una introducción al tema y analizo el marco jurídico mediante el
análisis de un expediente.
Empezaremos con la pregunta básica ¿Qué es la
seguridad y salud en el trabajo? Son los procedimientos, técnicas y elementos
que se aplican en los centros de trabajo, con el objeto de establecer medidas y
acciones para la prevención de accidentes o enfermedades de trabajo, a fin de
conservar la vida, salud e integridad física de los trabajadores, así como
evitar cualquier posible deterioro al propio centro de trabajo.
¿Por qué es
importante? Porque en cualquier ambiente
laboral los trabajadores pueden estar
expuestos a riesgos de trabajo como son los accidentes incluso enfermedades
derivadas del ejercicio o con motivo de sus tareas laborales.
Según
estadísticas otorgadas por el instituto mexicano del seguro social:
En el mundo
cada 15 segundos: 153 trabajadores sufren un accidente laboral, en algún lugar del mundo, muere
un trabajador a causa de un accidente o enfermedad de trabajo.
Anualmente: ocurren en el mundo,
317 millones de accidentes de trabajo, mueren 2.3 millones de trabajadores.
- Permite identificar peligros, prevenir riesgos y poner las medidas de control necesarias en el lugar de trabajo para prevenir accidentes.
- Contribuye a que el personal esté más motivado y como resultado sean más eficientes y productivos.
- Significa una optimización del recurso humano y por tanto un activo menos caro.
- Impulsa una buena percepción dentro de clasificaciones y rankings laborales que mejoren la reputación de la empresa, como disminuir la prima de riesgo de trabajo entre otras.
¿Quién regula la seguridad y salud en el trabajo en México?
Podría
resultar fastidioso hablar de leyes, pero es importante examinar el marco
jurídico con el fin de tener los fundamentos básicos, así como conocer y atender debidamente las
inspecciones y los procesos administrativos derivados en esta materia de seguridad
y salud en el trabajo.
También
se considera La Ley Federal del
Trabajo, en su artículo 132, fracción XVI, consigna la obligación
del patrón de instalar y operar de acuerdo con las disposiciones establecidas
en el reglamento y en las NOM’s de la materia,
Por otra parte, la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal
en su artículo 40, fracción I y XI, faculta a la STPS para vigilar
la observancia y aplicación de las disposiciones del artículo 123 y demás de la
Constitución, la Ley Federal del Trabajo y sus reglamentos así como estudiar y ordenar las
medidas de seguridad e higiene industriales para la protección de los
trabajadores y vigilar su cumplimiento.
Después de analizar el marco
jurídico es primordial
conocer nuestros derechos y obligaciones en materia de salud y seguridad en el
trabajo, de ahí la importancia de haber comentado algunos de los principales
puntos sobre La Ley Federal del Trabajo, ya que estipula los derechos y
obligaciones para ambas partes.
A
continuación hago mención de los puntos de mayor relevancia discutidos en la
primera sesión:
El
trabajador tiene la obligación de observar las normas y reglamentos de la ley y
las que indique el patrón para su salud y seguridad, se señaló que muchos
patrones ya están trabajando con la normatividad pero se ven con la
problemática que son los mismos
empleados quienes no quieren colaborar, por lo tanto se indicó se pueden poner
sanciones administrativas ante la stps, como subrayó mucho el director
jurídico, solo hay de dos o por amor o por temor para cumplir.
Los riesgos
de trabajo son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores
en ejercicio o con motivo del trabajo, incluidos los accidentes que se
produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar
del trabajo y de éste a aquél. Tema que causa muchas preguntas sobre cómo se
catalogan algunos accidentes de trayecto pues el imss a veces tiene diferentes
criterios para esto, se presentaron diferentes escenarios para identificar que
califica como accidentes de trabajo y trayecto.
El trabajo de menores ahora tiene responsabilidad penal, según indicó
el director jurídico con la nueva reforma donde se indica que pueden incurrir
en encarcelamiento a quienes empleen menores de edad. Esto es una problemática
que compartieron los del ingenio cañero, donde son los mismos campesinos
quienes por cultura general llevan a sus hijos para enseñarles, aunque la
empresa no lo permita.
Las siguientes entradas subiré información más
detallada sobre la ley federal de trabajo en esta materia.
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