Seguridad y Salud en el Trabajo

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sábado, 3 de octubre de 2015

Ley del Seguro Social.- RACERF


El tema a considerar en la segunda sesión es la ley del seguro social, donde se explicó en parte, dicha ley, cuales son los beneficios, las obligaciones y los derechos de empresarios y trabajadores. Sin embargo el objetivo primordial de este reporte es conocer la correcta clasificación de las empresas y la determinación de la prima para la cobertura del Seguro de Riesgos de Trabajo, así como establecer para qué sirve basado en el reglamento en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización, (RACERF).

Dicho reglamento es de interés conocerlo, ya que establece las normas para el registro de los patrones y demás sujetos obligados, así como la inscripción de los trabajadores y demás sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio y la  determinación y pago de las cuotas, actualización y recargos, a cargo de patrones y demás sujetos obligados.

Para regular esta ley y reglamento el IMSS, es el organismo público encargado de la organización y administración del Seguro Social y por lo tanto de los servicios que este seguro debe otorgar. Lamentablemente muchos evaden la inscripción al seguro social porque pareciera un mecanismo complicado y altas cuotas a pagar, sin embargo a la larga puede salir mayor el pago de recargos y multas.

Para empezar el empresario debe buscar su correcta clasificación, considerar las amenazas o riesgos a los que su personal se encuentra expuesto por las actividades que desarrolla y así poder determinar su prima de riesgo de trabajo y cumplir con el reglamento oportunamente. Esta prima es una de las cuotas para cubrir la probabilidad de riesgo de cualquier accidente o enfermedad a las que están expuestos sus trabajadores.

Actualmente existe un programa para la correcta clasificación, el cual  también sirve para aquellos que de manera voluntaria deseen regularizar su situación de tener una prima menor a la que realmente le corresponde o viceversa por su incorrecta clasificación. De no ser así puede entrar en auditoria mediante un acto de fiscalización.

El artículo 196 de RACERF contiene el catálogo de actividades e indica la división a la que pertenece. Una vez identificadas la división, el grupo y la fracción de la actividad de su negocio, puede conocer la clase a la que pertenece y el monto de la prima de riesgo correspondiente.

En principio todos los patrones que sean personas físicas o empresas que tengan trabajadores a su cargo deben calcular su prima de riesgo mediante una revisión anual de su siniestralidad, es decir, la frecuencia o índice de accidentes o enfermedades de trabajo menos los accidentes de trayecto que sus empleados han tenido entre el 1 de enero y 31 de diciembre del periodo que se presenta.

Cada año se debe recalcular y de acuerdo a la siniestralidad de la empresa esta puede aumentar o disminuir. La vigencia de la prima de riesgo una vez recalculada tendrá vigencia desde el primero de marzo del año siguiente hasta el día último de febrero del año subsecuente.

El artículo 72 de la Ley del Seguro Social establece la fórmula que se deberá respetar para genera esta prima y el artículo 73 indica el porcentaje de acuerdo a su clasificación que se deberá considerar. Sin embargo, estos cálculos los puede hacer directamente a través del portal del IMSS con el Sistema Único de Autodeterminación (SUA), el cual puede descargarse desde la página web.

En caso de que la prima de riesgo sea igual a la del año anterior las empresas están exentas de presentarla. Asimismo, sino han cambiado de actividad o recientemente se dieron de alta y no han completado un año de actividades tampoco deben presentarla. Por otro lado, las empresas con menos de diez trabajadores tienen la opción de presentarla en su declaración anual.

Conocer qué es la prima de riesgo y cómo se calcula nos permitirá realizar una adecuada planeación de las finanzas de la empresa. Ayudará a determinar con mayor precisión la actividad a la cual se va a dedicar, para de este modo evitar ambigüedades que podrían llevar a una variación en la clasificación de empresa.

La prima de riesgo nos puede servir como una herramienta útil para detectar las áreas que le están representando un mayor riesgo a la empresa y que requieren acciones preventivas.

 La disminución de la prima de riesgo servirá como un indicador para saber qué tan efectivas son las medidas de seguridad implementadas en la empresa. Dependiendo el giro del negocio un monto debajo de la misma es favorable mientras que uno alto le servirá como alerta para rediseñar, mejorar o fortalecer las estrategias en esta materia.

Hay actividades que por su naturaleza son altamente riesgosas por lo cual la prima de riesgo ayudará a poder cuantificar en términos económicos el costo beneficio de asegurar oportunamente a sus trabajadores.

Para esto es muy importante llevar un control de los siniestros (incapacidades temporales, permanentes, parciales o totales, accidentes, decesos) ocurridos en la empresa y poder presentar anualmente (en el mes de febrero) según el art. 32 del RACERF la determinación de la prima de la empresa, en tiempo y forma.

Por otro lado  es muy importante concientizar al trabajador del uso del seguro social el cual mediante el IMSS, otorga a él  y  a sus familias, la protección  ante contingencias tales como la enfermedad, la invalidez, la vejez o la muerte. Según el art. 11 de LLS tiene derecho a 5 seguros: Riesgos de trabajo; Enfermedades y maternidad; Invalidez y vida; Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y Guarderías y prestaciones sociales.

A pesar de las carencias que el seguro social tenga o no quieran asistir por perder el tiempo, el uso del seguro generara un historial correcto, de requerirse el caso podrá solicitar algún seguro ya mencionado, y no tendrá ningún problema, al fin y al cabo parte de las cuotas de los trabajadores pagan este servicio.

También es importante informarles sobre los riegos de trabajo que es de carácter obligatorio cuando presenten algún accidente, reportarlo enseguida y asistir al seguro social, tanto para su beneficio como para el procedimiento administrativo de la empresa.

Para concluir puedo mencionar que, aunque haya siempre controversia y desacuerdo con el seguro social, tenemos que cumplir.  Por esto la importancia de saber sus leyes y reglamentos, porque ellos también tienen sus errores y muchas otras situaciones están a criterio, como pude constar en los comentarios expresados en la sesión, si no sabemos que dice la ley, como coloquialmente se dice “nos llevan al baile”.
 
Posteriormente subiré parte de la información otorgada sobre la ley del seguro social.

 

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